Honorarios

Honorarios:

 

Conforme a las normas deontologicas que rigen la profesión de abogado,
«el abogado tiene derecho a una compensación económica adecuada por los servicios prestados, así como al reintegro de los gastos que se le hayan causado.
La cuantía de los honorarios será libremente convenida entre el cliente y el abogado, con respeto a las normas deontológicas y sobre competencia desleal. » (art. 44 Estatuto General de la Abogacía Española, RD 658/2001 de 22 de junio)

Consulta jurídica oral simple en el despacho, por escrito (por mail) o por telefóno sin apertura de expediente : 100 € (IVA incuido) En caso de apertura de expediente, sólo una provisión será solicitada.

En el seno del despacho de Juan Carlos HEDER, los honorarios son generalmente una retribución fija para los asuntos más simples en caso de que la naturaleza del asunto y/o la duración previsible del procedimiento permiten prever de antemano el coste de la prestación y los gastos ocasionados al despacho.

Los honorarios pueden también ser fijados por horas para los asuntos más complejos. La tarifa es entonces de 200 € por hora (más IVA).
Por fin, el abogado puede percibir un honorario de resultado, en función del resultado obtenido, además de la retribución fija.

En cualquier caso, la determinación del honorario exclusivamente en función del resultado (porcentaje de las cantidades obtenidas), está estrictamente prohibida.

 

Se recuerda que el IVA es aplicable (20 %) a los gastos y honorarios de abogado.


Una hoja de encargo profesional, qui preve el coste de las prestaciones, puede ser concluida con el Abogado cuando le encargan el asunto.

En cuanto al pago de los honorarios, la apertura de un expediente dará lugar